El 20 de noviembre de 1959 la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó la Declaración de los Derechos del Niño y el mismo día, en 1989, aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño.
Nuestro país ratificó la Convención en 1990 y le otorgó jerarquía constitucional al incorporarla a nuestra Carta Magna en la reforma de 1994. En 2005 se sancionó la Ley Nacional N° 26061 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, siendo un logro en la lucha de las organizaciones de Niñez por la implementación legislativa de la Convención en nuestro país.
El 20 de noviembre también se celebra el Día Internacional del Niño, cuyo objetivo es recordar a la ciudadanía que son el colectivo más vulnerable, hacer un llamamiento mundial sobre las necesidades de los menores de 18 años y reconocer la labor de las personas que cada día trabajan para que los niños y niñas tengan un futuro mejor.
Tres momentos históricos
1948. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, un documento que contenía, implícitamente, los Derechos del Niño. Este primer paso marcó el camino para su posterior reconocimiento.
1959. La Asamblea General de la ONU, aprobó una Declaración de los Derechos del Niño que explicitaba, a lo largo de 10 principios, los derechos contemplados en la Declaración de 1948.
1989. La ONU determinó que fuera el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para los Niños (Unicef) el organismo encargado de proteger, jurídicamente, a la infancia. Fruto de sus debates nació, el 20 de noviembre de 1989, la Convención sobre los Derechos del Niño.
Cuatro principios
La Convención describe estos derechos a lo largo de 54 artículos y dos protocolos facultativos o disposiciones adicionales, que se rigen por cuatro principios fundamentales:
1. Los niños no deben sufrir discriminación.
2. El interés del niño debe ser lo más importante cuando se tomen decisiones que le afecten.
3. Todos los niños tienen derecho a la supervivencia y el desarrollo. Esto incluye el derecho al bienestar mental y físico.
4. Los niños tienen que expresar sus puntos de vista y siempre tienen que tomarse en consideración sus opiniones en los temas que les afectan.
Los Derechos del Niño
Entre todos los Derechos de la Convención de 1989, los más importantes e imprescindibles para que todos los niños crezcan en un ambiente de paz y alegría y sus padres puedan estar tranquilos sabiendo que sus hijos están debidamente protegidos, son los siguientes.
Derecho a la vida
Todos los niños y niñas tienen derecho a la vida, a nacer, y los gobiernos deben hacer todo lo posible para asegurar su supervivencia y desarrollo. Además, gozan de una protección especial, oportunidades y servicios para que se puedan desarrollar física, mental, moral, espiritual y socialmente de modo saludable y en condiciones de libertad y dignidad.
Derecho a la educación
Todos los niños tienen derecho a una educación básica gratuita y obligatoria. Se trata de un derecho que permite acceder a una escuela u otro centro educativo que los respete y que fomente el desarrollo de todas sus capacidades y habilidades. A través de la educación, los niños adquieren conocimientos sobre su entorno, refuerzan su identidad, ejercitan su libertad y aprenden a convivir.
Derecho a vivir en armonía
El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa, o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
Derecho al juego
Todos los niños tienen derecho al descanso, a jugar, a entretenerse, a divertirse, a realizar y a participar de actividades recreativas y a disponer de tiempo, compañeros y lugares para jugar.
Derecho a opinar
Los niños y niñas tienen derecho a opinar y a que esa opinión, de acuerdo con su edad y su madurez, sea tenida en cuenta cuando los adultos vayan a tomar una decisión que les afecte.
Derecho a tener una familia
Todos los niños tienen derecho a tener una familia que los proteja, en la que apoyarse, abrigarse y sentirse seguros. Tienen el derecho a vivir con uno o ambos padres y, si no tienen familia, deben recibir protección especial.
Derecho a la alimentación y la nutrición
Todos los niños y niñas tienen derecho a vivir en una casa adecuada y recibir la alimentación y atención que merecen en cada momento. El niño, física, social o mentalmente impedido, debe recibir el tratamiento y cuidado especiales que requiere su caso particular.
Derecho a la salud
Es uno de los derechos fundamentales a los que debe acceder cualquier niño, independientemente del país en el que viva, vinculado al derecho a la vida, la alimentación, a la vivienda, al trabajo, a la educación, a la dignidad humana o a la igualdad. Tener salud no significa no estar enfermo, sino que es un equilibrio entre el bienestar físico, mental y social. Los niños deben gozar de los beneficios de la seguridad social, y tener derecho a crecer y desarrollarse en buena salud. Con este fin, deberán proporcionárseles cuidados especiales junto con sus madres, atención prenatal y postnatal.
Derecho a un nombre y una nacionalidad
Este derecho está reconocido sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen, posición económica, nacimiento u otra condición, entre otros, ya sea del propio niño o de su familia.
Derecho a la protección contra el trabajo infantil
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación, no ser objeto de ningún tipo de trata y no deberá permitírsele trabajar antes de una edad mínima adecuada. En ningún caso se le autorizará que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral. El trabajo infantil interfiere en la educación de los niños y se debe velar porque éstos tengan una escolarización y una educación.